JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA

Resoluci�n 31/2019

RESOL-2019-31-APN-SECMA#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 12/03/2019

VISTO el Expediente Electr�nico N� EX-2019-14498113- -APN-SECMA#JGM, las Leyes Nros. 25.506 y 27.446, los Decretos Nros. 434 del 1� de Marzo de 2016, 561 del 6 de Abril de 2016, 1063 del 4 de Octubre de 2016 y 894 del 1� de Noviembre de 2017, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de Abril de 2016, 101 del 26 de Mayo de 2016, 171-E del 19 de Julio de 2016 (RESOL-2016-171-E-APN-MM), 355-E del 14 de Septiembre de 2016 (RESOL-2016-355-E-APN-MM) y 466-E del 11 de Noviembre de 2016 (RESOL-2016-466-E-APN-MM) del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACI�N, y la Resoluci�n N� 90-E del 14 de Septiembre de 2017 de la SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA del ex MINISTERIO DE MODERNIZACI�N (RESOL-2017-90-E-APN-SECMA#MM), y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N� 25.506 de Firma Digital, reconoci� la eficacia jur�dica del documento electr�nico, la firma electr�nica y la firma digital, y en su art�culo 48 estableci� que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el art�culo 8� de la Ley N� 24.156, promover� el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el tr�mite de los expedientes por v�as simult�neas, b�squedas autom�ticas de la informaci�n y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelizaci�n.

Que la Ley N� 27.446 estableci� que los documentos oficiales electr�nicos firmados digitalmente, los expedientes electr�nicos, las comunicaciones oficiales, las notificaciones electr�nicas y el domicilio especial constituido electr�nico de la plataforma de tr�mites a distancia y de los sistemas de gesti�n documental electr�nica que utilizan el Sector P�blico Nacional, las provincias, el Gobierno de la Ciudad Aut�noma de Buenos Aires, municipios, Poderes Judiciales, entes p�blicos no estatales, sociedades del Estado, entes tripartitos, entes binacionales, Banco Central de la REP�BLICA ARGENTINA, en procedimientos administrativos y procesos judiciales, tienen para el Sector P�blico Nacional id�ntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que se utilice a la fecha de entrada en vigencia de la presente medida, debido a su interoperabilidad que produce su reconocimiento autom�tico en los sistemas de gesti�n documental electr�nica, por lo que no se requerir� su legalizaci�n.

Que la citada Ley N� 27.446 asimismo dispuso que las jurisdicciones y entidades contempladas en el art�culo 8� de la Ley N� 24.156 formular�n, suscribir�n y remitir�n las respuestas a los oficios judiciales exclusivamente mediante el Sistema de Gesti�n Documental Electr�nica - GDE.

Que el Decreto N� 434 del 1� de Marzo de 2016 aprob� el Plan de Modernizaci�n del Estado, contemplando el Plan de Tecnolog�a y Gobierno Digital que propone implementar una plataforma horizontal inform�tica de generaci�n de documentos y expedientes electr�nicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administraci�n a los fines de facilitar la gesti�n documental, el acceso y la perdurabilidad de la informaci�n, la reducci�n de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento p�blico de cada expediente.

Que el Decreto N� 561 del 6 de Abril de 2016, aprob� la implementaci�n del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE) como sistema integrado de caratulaci�n, numeraci�n, seguimiento y registraci�n de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector P�blico Nacional, actuando como plataforma para la implementaci�n de gesti�n de expedientes electr�nicos.

Que el mencionado Decreto N� 561/2016 orden� a las entidades y jurisdicciones enumeradas en el art�culo 8� de la Ley N� 24.156 que componen el Sector P�blico Nacional, la utilizaci�n del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica – GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACI�N.

Que el art�culo 6 del citado Decreto N� 561/2016, facult� a la SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACI�N a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementaci�n del sistema de GESTI�N DOCUMENTAL ELECTR�NICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas inform�ticos de gesti�n documental.

Que el Decreto N� 1063 del 4 de Octubre de 2016 aprob� la implementaci�n de la Plataforma de Tr�mites a Distancia (TAD) como medio de interacci�n del ciudadano con la administraci�n, a trav�s de la recepci�n y remisi�n por medios electr�nicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.

Que el citado Decreto N� 1063/2016 en su art�culo 11 facult� a la SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA a dictar las normas aclaratorias, operativas y complementarias necesarias para la implementaci�n de las plataformas y m�dulos creados en dicha norma, as� como tambi�n facult� a la citada SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA para aprobar la incorporaci�n de tr�mites de gesti�n remota a dichas plataformas y m�dulos.

Que el Decreto N� 894 del 1� de Noviembre de 2017, que aprob� el Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N� 1759/72 T.O. 2017, estableci� que las autoridades administrativas actuar�n de acuerdo con los principios de sencillez y eficacia, procurando la simplificaci�n de los tr�mites, y facilitando el acceso de los ciudadanos a la administraci�n a trav�s de procedimientos directos y simples por medios electr�nicos.

Que la Resoluci�n N� 90 E del 14 de Septiembre de 2017 (RESOL-2017-90-APN-SECMA#MM) de la SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA aprob� los “T�rminos y Condiciones de Uso del M�dulo de Tr�mites a Distancia (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE)”

Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de Abril de 2016, 101 del 26 de Mayo de 2016, 171-E del 19 de Julio de 2016 (RESOL-2016-171-E-APN-MM), 355-E del 14 de Septiembre de 2016 (RESOL-2016-355-E-APN-MM) y 466-E del 11 de Noviembre de 2016 (RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACI�N establecieron el uso obligatorio de los m�dulos “Comunicaciones Oficiales” (CCOO), “Generador Electr�nico de Documentos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electr�nico” (EE), todos del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE), en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el MINISTERIO DE HACIENDA, en el ex MINISTERIO DE PRODUCCI�N, en el ex MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en el entonces MINISTERIO DE ENERG�A Y MINER�A, en el MINISTERIO DE DEFENSA, en el entonces MINISTERIO DE EDUCACI�N Y DEPORTES, en la SECRETAR�A GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACI�N, en el MINISTERIO DE TRANSPORTE, en el INSTITUTO GEOGR�FICO NACIONAL, en el entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en el MINISTERIO DE SEGURIDAD y en el ex MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, respectivamente.

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los procedimientos que la ADMINISTRACI�N GENERAL DE PUERTOS AGP, la ADMINISTRACI�N NACIONAL DE AVIACI�N CIVIL – ANAC, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL - ANSV, la COMISI�N NACIONAL DE REGULACI�N DEL TRANSPORTE – CNRT, la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO – SOFSE, todos organismos descentralizados en el �mbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE; la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD y la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismos descentralizados en el �mbito de la SECRETAR�A GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACI�N; el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES – ENACOM, organismo descentralizado en el �mbito de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE MODERNIZACI�N de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS – ENARGAS, organismo descentralizado en el �mbito de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE ENERG�A del MINISTERIO DE HACIENDA; el INSTITUTO GEOGR�FICO NACIONAL, organismo descentralizado en el �mbito del MINISTERIO DE DEFENSA; el MINISTERIO DE HACIENDA; el MINISTERIO DE PRODUCCI�N Y TRABAJO; el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL; el MINISTERIO DE SEGURIDAD; la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; y el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA – SENASA, organismo descentralizado en el �mbito de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCI�N Y TRABAJO, a partir de las fechas que para caso se determinan, deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE).

Que la presente medida no produce efectos directos sobre los administrados ni tampoco implica mayor erogaci�n presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL que amerite la intervenci�n previa del servicio jur�dico permanente de esta jurisdicci�n en los t�rminos del art�culo 7� inciso d) de la Ley N� 19.549 de Procedimientos Administrativos y sus modificatorias.

Que la SUBSECRETAR�A DE GESTI�N ADMINISTRATIVA de la SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE MODERNIZACI�N de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervenci�n que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N� 1063/16.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA DE LA SECRETAR�A DE GOBIERNO DE MODERNIZACI�N DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ART�CULO 1�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos de la ADMINISTRACI�N GENERAL DE PUERTOS S.E. - AGP, Sociedad del Estado en la �rbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Inscripci�n en el Registro de Empresas de servicios portuarios

b) Solicitud de provisi�n de agua a buques

c) Reinscripci�n en el Registro de Empresas Servicios Portuarios

ART�CULO 2�. - Establ�cese que el siguiente procedimiento de la ADMINISTRACI�N NACIONAL DE AVIACI�N CIVIL - ANAC, organismo descentralizado en la �rbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 15 de marzo de 2019 deber� tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Solicitud de aprobaci�n de operaciones en espacios a�reos designados con Separaci�n Vertical M�nima Reducida (RVSM)

ART�CULO 3�. - Establ�cese que el siguiente procedimiento de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo aut�rquico en el �mbito de la SECRETAR�A GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACI�N, a partir del 15 de marzo de 2019 deber� tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Confecci�n de Certificado M�dico Oficial (CMO)

ART�CULO 4�. - Establ�cese que el siguiente procedimiento de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL - ANSV, organismo descentralizado en el �mbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 15 de marzo de 2019 deber� tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Solicitar Certificado de Legalidad Licencia Nacional de Conducir

ART�CULO 5�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos de la COMISI�N NACIONAL DE REGULACI�N DEL TRANSPORTE - CNRT, organismo descentralizado en el �mbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Inscripci�n de veh�culos para servicio de transporte de jurisdicci�n Nacional (alta parque m�vil) - Servicio P�blico

b) Solicitud baja de veh�culos para servicio de transporte de Jurisdicci�n Nacional (baja parque m�vil) - Servicio P�blico

c) Modificaci�n de informaci�n de veh�culos para servicio de transporte de Jurisdicci�n Nacional (modificaci�n de parque m�vil) - Servicio P�blico

d) Refinanciaci�n de planes de pago

ART�CULO 6�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES – ENACOM, organismo descentralizado en el �mbito de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE MODERNIZACI�N de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Interconexi�n entre Licenciatarios de Servicios de TIC

b) Implementaci�n Portabilidad Num�rica

c) Declaraci�n Jurada Aportes per�odo desde Enero 2017 (seg�n Res. 6981/16)

d) Declaraci�n Jurada Aportes per�odo entre Julio 2007 a Diciembre 2016 (seg�n Res. 154/10)

e) Declaraci�n Jurada Intereses por per�odos desde Enero 2017 (seg�n Res. 6981/16)

f) Solicitud adhesi�n r�gimen de facilidades de pago

g) Solicitud informaci�n r�gimen de facilidades de pago

h) Informe y comprobante de dep�sito (Seg�n Res 154/10)

ART�CULO 7�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS – ENARGAS, organismo descentralizado en el �mbito de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE ENERG�A del MINISTERIO DE HACIENDA, a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Solicitud de excepci�n de importaci�n de artefactos de gas y/o sus accesorios

b) Remisi�n informativa S.A.R.I. Facturaci�n

c) Remisi�n informativa S.A.R.I. Reclamos

ART�CULO 8�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del INSTITUTO GEOGR�FICO NACIONAL, organismo descentralizado en el �mbito del MINISTERIO DE DEFENSA, a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Autorizaci�n de impresi�n. Instituto Geogr�fico Nacional (IGN)

b) Aprobaci�n final de obra. Instituto Geogr�fico Nacional (IGN)

ART�CULO 9�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE HACIENDA a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Conexi�n de Usuario-Generador – Generaci�n Distribuida

b) Actualizaci�n de Datos para el Etiquetado de Ventanas

ART�CULO 10. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE PRODUCCI�N Y TRABAJO a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Acreditaciones - Asistencia para MiPyMEs FONDEP

b) Presentaci�n documentaci�n y descargos - Lealtad Comercial

c) Inscripci�n al Registro de Inversiones Mineras

d) Actualizaci�n al Registro de Inversiones Mineras

e) Mantenimiento del Registro de Inversiones Mineras

f) Proceso Conciliatorio Con Acuerdo

g) Proceso Conciliatorio Sin Acuerdo

h) Desistimiento de proceso conciliatorio

i) Incomparecencia a Proceso Conciliatorio

j) Cuota ACE 59/72 L�cteos – Reserva de Cupo

k) Cuota ACE 72 Carnes Bovinas a Colombia – Reserva de Cupo

l) Cuota ACE 59/72 L�cteos – Renuncia

m) Cuota ACE 72 Carnes Bovinas a Colombia Cupo II – Renuncia

n) Actualizaci�n al Registro de Armas Qu�micas

o) Renovaci�n Registro de Armas Qu�micas

p) Cuota ACE 72 Carnes Bovinas a Colombia – Cupo Adicional

q) Cuota ACE 72 Carnes Bovinas a Colombia Cupo II – Extensi�n del Plazo para Exportar

r) Cuota Pasta de Man� - Solicitud de Cupo Adicional (entre 1 enero y 31 de julio)

s) Cuota ACE 59 L�cteos a Venezuela – Certificaci�n

t) Cuota ACE 72 Carnes Bovinas a Colombia – Certificaci�n

ART�CULO 11. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Habilitaci�n de Residencia Asistida

b) Autorizaci�n de Publicidad Arte de Curar

c) Autorizaci�n para Microfilmar

d) Destrucci�n de recetas

e) Destrucci�n de Psicotr�picos y/o Estupefacientes

f) Excepci�n, no excepci�n o fuera de norma sobre el contenido de plomo en pinturas

ART�CULO 12. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE SEGURIDAD partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) RENPRE - Reimpresi�n o anulaci�n de certificado de inscripci�n/credencial transportista

b) Subcontrato transporte con tercero-credencial

c) Alta bancaria de Entidades de Bomberos Voluntarios

ART�CULO 13. - Establ�cese que los siguientes procedimientos de la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO - SOFSE, sociedad del Estado en el �mbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Presentaci�n de Reclamos a SOFSE

b) Presentaci�n de Solicitud a SOFSE

ART�CULO 14. - Establ�cese que el siguiente procedimiento de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a partir del 15 de marzo de 2019 deber� tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Acceso a la Informaci�n P�blica Ambiental

ART�CULO 15. - Establ�cese que los siguientes procedimientos de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismo descentralizado en el �mbito de la SECRETAR�A GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACI�N, a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Postulaci�n Beca al Programa Nacional Escuelas de Iniciaci�n Deportiva

b) Postulaci�n a Becas de Ense�anza de Alto Rendimiento

c) Postulaci�n a Becas Deportivas de Alto Rendimiento

ART�CULO 16. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA – SENASA, organismo descentralizado en el �mbito de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCI�N Y TRABAJO, a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):

a) Rev�lida al Registro Nacional �nico de Responsables T�cnicos de la Direcci�n Nacional de Protecci�n Vegetal

b) Modificaci�n al Registro Nacional �nico de Responsables T�cnicos de la Direcci�n Nacional de Protecci�n Vegetal

c) Registro de Centros Cuarentenarios - Presentaci�n de certificados de calibraci�n del instrumento

d) Autorizaci�n, atenci�n e inspecci�n de eventos de concentraci�n ganadera, incluidas las actividades equinas y exposici�n Palermo

ART�CULO 17.- Comun�quese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACI�N – SIGEN.

ART�CULO 18.- Comun�quese, publ�quese, d�se a la Direcci�n Nacional del Registro Oficial y arch�vese. Eduardo Nicol�s Martelli

e. 15/03/2019 N� 15842/19 v. 15/03/2019
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