JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA
Resoluci�n 31/2019
RESOL-2019-31-APN-SECMA#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 12/03/2019
VISTO el Expediente Electr�nico N� EX-2019-14498113- -APN-SECMA#JGM,
las Leyes Nros. 25.506 y 27.446, los Decretos Nros. 434 del 1� de Marzo
de 2016, 561 del 6 de Abril de 2016, 1063 del 4 de Octubre de 2016 y
894 del 1� de Noviembre de 2017, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de
Abril de 2016, 101 del 26 de Mayo de 2016, 171-E del 19 de Julio de
2016 (RESOL-2016-171-E-APN-MM), 355-E del 14 de Septiembre de 2016
(RESOL-2016-355-E-APN-MM) y 466-E del 11 de Noviembre de 2016
(RESOL-2016-466-E-APN-MM) del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACI�N, y
la Resoluci�n N� 90-E del 14 de Septiembre de 2017 de la SECRETAR�A DE
MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA del ex MINISTERIO DE MODERNIZACI�N
(RESOL-2017-90-E-APN-SECMA#MM), y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N� 25.506 de Firma Digital, reconoci� la eficacia jur�dica
del documento electr�nico, la firma electr�nica y la firma digital, y
en su art�culo 48 estableci� que el Estado Nacional, dentro de las
jurisdicciones y entidades comprendidas en el art�culo 8� de la Ley N�
24.156, promover� el uso masivo de la firma digital de tal forma que
posibilite el tr�mite de los expedientes por v�as simult�neas,
b�squedas autom�ticas de la informaci�n y seguimiento y control por
parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelizaci�n.
Que la Ley N� 27.446 estableci� que los documentos oficiales
electr�nicos firmados digitalmente, los expedientes electr�nicos, las
comunicaciones oficiales, las notificaciones electr�nicas y el
domicilio especial constituido electr�nico de la plataforma de tr�mites
a distancia y de los sistemas de gesti�n documental electr�nica que
utilizan el Sector P�blico Nacional, las provincias, el Gobierno de la
Ciudad Aut�noma de Buenos Aires, municipios, Poderes Judiciales, entes
p�blicos no estatales, sociedades del Estado, entes tripartitos, entes
binacionales, Banco Central de la REP�BLICA ARGENTINA, en
procedimientos administrativos y procesos judiciales, tienen para el
Sector P�blico Nacional id�ntica eficacia y valor probatorio que sus
equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que se utilice a
la fecha de entrada en vigencia de la presente medida, debido a su
interoperabilidad que produce su reconocimiento autom�tico en los
sistemas de gesti�n documental electr�nica, por lo que no se requerir�
su legalizaci�n.
Que la citada Ley N� 27.446 asimismo dispuso que las jurisdicciones y
entidades contempladas en el art�culo 8� de la Ley N� 24.156
formular�n, suscribir�n y remitir�n las respuestas a los oficios
judiciales exclusivamente mediante el Sistema de Gesti�n Documental
Electr�nica - GDE.
Que el Decreto N� 434 del 1� de Marzo de 2016 aprob� el Plan de
Modernizaci�n del Estado, contemplando el Plan de Tecnolog�a y Gobierno
Digital que propone implementar una plataforma horizontal inform�tica
de generaci�n de documentos y expedientes electr�nicos, registros y
otros contenedores que sea utilizada por toda la administraci�n a los
fines de facilitar la gesti�n documental, el acceso y la perdurabilidad
de la informaci�n, la reducci�n de los plazos en las tramitaciones y el
seguimiento p�blico de cada expediente.
Que el Decreto N� 561 del 6 de Abril de 2016, aprob� la implementaci�n
del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE) como sistema
integrado de caratulaci�n, numeraci�n, seguimiento y registraci�n de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector P�blico
Nacional, actuando como plataforma para la implementaci�n de gesti�n de
expedientes electr�nicos.
Que el mencionado Decreto N� 561/2016 orden� a las entidades y
jurisdicciones enumeradas en el art�culo 8� de la Ley N� 24.156 que
componen el Sector P�blico Nacional, la utilizaci�n del sistema de
Gesti�n Documental Electr�nica – GDE para la totalidad de las
actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el
MINISTERIO DE MODERNIZACI�N.
Que el art�culo 6 del citado Decreto N� 561/2016, facult� a la
SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
MODERNIZACI�N a dictar las normas complementarias, aclaratorias y
operativas necesarias para la implementaci�n del sistema de GESTI�N
DOCUMENTAL ELECTR�NICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas
inform�ticos de gesti�n documental.
Que el Decreto N� 1063 del 4 de Octubre de 2016 aprob� la
implementaci�n de la Plataforma de Tr�mites a Distancia (TAD) como
medio de interacci�n del ciudadano con la administraci�n, a trav�s de
la recepci�n y remisi�n por medios electr�nicos de presentaciones,
solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros.
Que el citado Decreto N� 1063/2016 en su art�culo 11 facult� a la
SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA a dictar las normas
aclaratorias, operativas y complementarias necesarias para la
implementaci�n de las plataformas y m�dulos creados en dicha norma, as�
como tambi�n facult� a la citada SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N
ADMINISTRATIVA para aprobar la incorporaci�n de tr�mites de gesti�n
remota a dichas plataformas y m�dulos.
Que el Decreto N� 894 del 1� de Noviembre de 2017, que aprob� el
Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N� 1759/72 T.O.
2017, estableci� que las autoridades administrativas actuar�n de
acuerdo con los principios de sencillez y eficacia, procurando la
simplificaci�n de los tr�mites, y facilitando el acceso de los
ciudadanos a la administraci�n a trav�s de procedimientos directos y
simples por medios electr�nicos.
Que la Resoluci�n N� 90 E del 14 de Septiembre de 2017
(RESOL-2017-90-APN-SECMA#MM) de la SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N
ADMINISTRATIVA aprob� los “T�rminos y Condiciones de Uso del M�dulo de
Tr�mites a Distancia (TAD) del sistema de Gesti�n Documental
Electr�nica (GDE)”
Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de Abril de 2016, 101 del 26 de
Mayo de 2016, 171-E del 19 de Julio de 2016 (RESOL-2016-171-E-APN-MM),
355-E del 14 de Septiembre de 2016 (RESOL-2016-355-E-APN-MM) y 466-E
del 11 de Noviembre de 2016 (RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE
MODERNIZACI�N establecieron el uso obligatorio de los m�dulos
“Comunicaciones Oficiales” (CCOO), “Generador Electr�nico de Documentos
Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electr�nico” (EE), todos del sistema de
Gesti�n Documental Electr�nica (GDE), en la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, en el MINISTERIO DE HACIENDA, en el ex MINISTERIO DE
PRODUCCI�N, en el ex MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en el entonces
MINISTERIO DE ENERG�A Y MINER�A, en el MINISTERIO DE DEFENSA, en el
entonces MINISTERIO DE EDUCACI�N Y DEPORTES, en la SECRETAR�A GENERAL
de la PRESIDENCIA DE LA NACI�N, en el MINISTERIO DE TRANSPORTE, en el
INSTITUTO GEOGR�FICO NACIONAL, en el entonces MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, en el MINISTERIO DE SEGURIDAD y en el ex MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, respectivamente.
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los procedimientos que
la ADMINISTRACI�N GENERAL DE PUERTOS AGP, la ADMINISTRACI�N NACIONAL DE
AVIACI�N CIVIL – ANAC, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL - ANSV, la
COMISI�N NACIONAL DE REGULACI�N DEL TRANSPORTE – CNRT, la OPERADORA
FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO – SOFSE, todos organismos
descentralizados en el �mbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE; la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD y la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismos
descentralizados en el �mbito de la SECRETAR�A GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACI�N; el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES – ENACOM,
organismo descentralizado en el �mbito de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE
MODERNIZACI�N de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; el ENTE NACIONAL
REGULADOR DEL GAS – ENARGAS, organismo descentralizado en el �mbito de
la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE ENERG�A del MINISTERIO DE HACIENDA; el
INSTITUTO GEOGR�FICO NACIONAL, organismo descentralizado en el �mbito
del MINISTERIO DE DEFENSA; el MINISTERIO DE HACIENDA; el MINISTERIO DE
PRODUCCI�N Y TRABAJO; el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL; el
MINISTERIO DE SEGURIDAD; la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE, dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS; y el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
– SENASA, organismo descentralizado en el �mbito de la SECRETAR�A DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCI�N Y
TRABAJO, a partir de las fechas que para caso se determinan, deber�n
tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del
sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE).
Que la presente medida no produce efectos directos sobre los
administrados ni tampoco implica mayor erogaci�n presupuestaria alguna
para el ESTADO NACIONAL que amerite la intervenci�n previa del servicio
jur�dico permanente de esta jurisdicci�n en los t�rminos del art�culo
7� inciso d) de la Ley N� 19.549 de Procedimientos Administrativos y
sus modificatorias.
Que la SUBSECRETAR�A DE GESTI�N ADMINISTRATIVA de la SECRETAR�A DE
MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE
MODERNIZACI�N de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la
intervenci�n que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N� 1063/16.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA DE LA SECRETAR�A DE
GOBIERNO DE MODERNIZACI�N DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ART�CULO 1�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos de la
ADMINISTRACI�N GENERAL DE PUERTOS S.E. - AGP, Sociedad del Estado en la
�rbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 15 de marzo de 2019
deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia”
(TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) Inscripci�n en el Registro de Empresas de servicios portuarios
b) Solicitud de provisi�n de agua a buques
c) Reinscripci�n en el Registro de Empresas Servicios Portuarios
ART�CULO 2�. - Establ�cese que el siguiente procedimiento de la
ADMINISTRACI�N NACIONAL DE AVIACI�N CIVIL - ANAC, organismo
descentralizado en la �rbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del
15 de marzo de 2019 deber� tramitarse a trav�s de la plataforma
“Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental
Electr�nica (GDE):
a) Solicitud de aprobaci�n de operaciones en espacios a�reos designados con Separaci�n Vertical M�nima Reducida (RVSM)
ART�CULO 3�. - Establ�cese que el siguiente procedimiento de la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD, organismo aut�rquico en el �mbito de la
SECRETAR�A GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACI�N, a partir del 15 de
marzo de 2019 deber� tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a
Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) Confecci�n de Certificado M�dico Oficial (CMO)
ART�CULO 4�. - Establ�cese que el siguiente procedimiento de la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL - ANSV, organismo descentralizado en el
�mbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 15 de marzo de 2019
deber� tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia”
(TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) Solicitar Certificado de Legalidad Licencia Nacional de Conducir
ART�CULO 5�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos de la
COMISI�N NACIONAL DE REGULACI�N DEL TRANSPORTE - CNRT, organismo
descentralizado en el �mbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del
15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma
“Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental
Electr�nica (GDE):
a) Inscripci�n de veh�culos para servicio de transporte de jurisdicci�n Nacional (alta parque m�vil) - Servicio P�blico
b) Solicitud baja de veh�culos para servicio de transporte de Jurisdicci�n Nacional (baja parque m�vil) - Servicio P�blico
c) Modificaci�n de informaci�n de veh�culos para servicio de transporte
de Jurisdicci�n Nacional (modificaci�n de parque m�vil) - Servicio
P�blico
d) Refinanciaci�n de planes de pago
ART�CULO 6�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del ENTE
NACIONAL DE COMUNICACIONES – ENACOM, organismo descentralizado en el
�mbito de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE MODERNIZACI�N de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n
tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del
sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) Interconexi�n entre Licenciatarios de Servicios de TIC
b) Implementaci�n Portabilidad Num�rica
c) Declaraci�n Jurada Aportes per�odo desde Enero 2017 (seg�n Res. 6981/16)
d) Declaraci�n Jurada Aportes per�odo entre Julio 2007 a Diciembre 2016 (seg�n Res. 154/10)
e) Declaraci�n Jurada Intereses por per�odos desde Enero 2017 (seg�n Res. 6981/16)
f) Solicitud adhesi�n r�gimen de facilidades de pago
g) Solicitud informaci�n r�gimen de facilidades de pago
h) Informe y comprobante de dep�sito (Seg�n Res 154/10)
ART�CULO 7�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS – ENARGAS, organismo descentralizado en el
�mbito de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE ENERG�A del MINISTERIO DE
HACIENDA, a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s
de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n
Documental Electr�nica (GDE):
a) Solicitud de excepci�n de importaci�n de artefactos de gas y/o sus accesorios
b) Remisi�n informativa S.A.R.I. Facturaci�n
c) Remisi�n informativa S.A.R.I. Reclamos
ART�CULO 8�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del
INSTITUTO GEOGR�FICO NACIONAL, organismo descentralizado en el �mbito
del MINISTERIO DE DEFENSA, a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n
tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del
sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) Autorizaci�n de impresi�n. Instituto Geogr�fico Nacional (IGN)
b) Aprobaci�n final de obra. Instituto Geogr�fico Nacional (IGN)
ART�CULO 9�. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del
MINISTERIO DE HACIENDA a partir del 15 de marzo de 2019 deber�n
tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del
sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) Conexi�n de Usuario-Generador – Generaci�n Distribuida
b) Actualizaci�n de Datos para el Etiquetado de Ventanas
ART�CULO 10. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del
MINISTERIO DE PRODUCCI�N Y TRABAJO a partir del 15 de marzo de 2019
deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia”
(TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) Acreditaciones - Asistencia para MiPyMEs FONDEP
b) Presentaci�n documentaci�n y descargos - Lealtad Comercial
c) Inscripci�n al Registro de Inversiones Mineras
d) Actualizaci�n al Registro de Inversiones Mineras
e) Mantenimiento del Registro de Inversiones Mineras
f) Proceso Conciliatorio Con Acuerdo
g) Proceso Conciliatorio Sin Acuerdo
h) Desistimiento de proceso conciliatorio
i) Incomparecencia a Proceso Conciliatorio
j) Cuota ACE 59/72 L�cteos – Reserva de Cupo
k) Cuota ACE 72 Carnes Bovinas a Colombia – Reserva de Cupo
l) Cuota ACE 59/72 L�cteos – Renuncia
m) Cuota ACE 72 Carnes Bovinas a Colombia Cupo II – Renuncia
n) Actualizaci�n al Registro de Armas Qu�micas
o) Renovaci�n Registro de Armas Qu�micas
p) Cuota ACE 72 Carnes Bovinas a Colombia – Cupo Adicional
q) Cuota ACE 72 Carnes Bovinas a Colombia Cupo II – Extensi�n del Plazo para Exportar
r) Cuota Pasta de Man� - Solicitud de Cupo Adicional (entre 1 enero y 31 de julio)
s) Cuota ACE 59 L�cteos a Venezuela – Certificaci�n
t) Cuota ACE 72 Carnes Bovinas a Colombia – Certificaci�n
ART�CULO 11. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del
MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL partir del 15 de marzo de 2019
deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia”
(TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) Habilitaci�n de Residencia Asistida
b) Autorizaci�n de Publicidad Arte de Curar
c) Autorizaci�n para Microfilmar
d) Destrucci�n de recetas
e) Destrucci�n de Psicotr�picos y/o Estupefacientes
f) Excepci�n, no excepci�n o fuera de norma sobre el contenido de plomo en pinturas
ART�CULO 12. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del
MINISTERIO DE SEGURIDAD partir del 15 de marzo de 2019 deber�n
tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del
sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) RENPRE - Reimpresi�n o anulaci�n de certificado de inscripci�n/credencial transportista
b) Subcontrato transporte con tercero-credencial
c) Alta bancaria de Entidades de Bomberos Voluntarios
ART�CULO 13. - Establ�cese que los siguientes procedimientos de la
OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO - SOFSE, sociedad del Estado
en el �mbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a partir del 15 de marzo de
2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a
Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) Presentaci�n de Reclamos a SOFSE
b) Presentaci�n de Solicitud a SOFSE
ART�CULO 14. - Establ�cese que el siguiente procedimiento de la
SECRETAR�A DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE,
dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a partir del 15 de
marzo de 2019 deber� tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites a
Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) Acceso a la Informaci�n P�blica Ambiental
ART�CULO 15. - Establ�cese que los siguientes procedimientos de la
AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismo descentralizado en el �mbito de
la SECRETAR�A GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACI�N, a partir del 15
de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la plataforma “Tr�mites
a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE):
a) Postulaci�n Beca al Programa Nacional Escuelas de Iniciaci�n Deportiva
b) Postulaci�n a Becas de Ense�anza de Alto Rendimiento
c) Postulaci�n a Becas Deportivas de Alto Rendimiento
ART�CULO 16. - Establ�cese que los siguientes procedimientos del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA – SENASA,
organismo descentralizado en el �mbito de la SECRETAR�A DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCI�N Y TRABAJO, a
partir del 15 de marzo de 2019 deber�n tramitarse a trav�s de la
plataforma “Tr�mites a Distancia” (TAD) del sistema de Gesti�n
Documental Electr�nica (GDE):
a) Rev�lida al Registro Nacional �nico de Responsables T�cnicos de la Direcci�n Nacional de Protecci�n Vegetal
b) Modificaci�n al Registro Nacional �nico de Responsables T�cnicos de la Direcci�n Nacional de Protecci�n Vegetal
c) Registro de Centros Cuarentenarios - Presentaci�n de certificados de calibraci�n del instrumento
d) Autorizaci�n, atenci�n e inspecci�n de eventos de concentraci�n
ganadera, incluidas las actividades equinas y exposici�n Palermo
ART�CULO 17.- Comun�quese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACI�N – SIGEN.
ART�CULO 18.- Comun�quese, publ�quese, d�se a la Direcci�n Nacional del Registro Oficial y arch�vese. Eduardo Nicol�s Martelli
e. 15/03/2019 N� 15842/19 v. 15/03/2019