MINISTERIO DE MODERNIZACI�N

SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA

Resoluci�n 111-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2017

VISTO el Expediente Electr�nico N� EX-2017-28290101- -APN-SECMA#MM, la Ley Nro. 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1� de Marzo de 2016, 561 del 6 de Abril de 2016, 1306 del 26 de Diciembre de 2016 y 894 del 1� de Noviembre de 2017, las Resoluciones Nros. 65 del 21 de Abril de 2016, 101 del 26 de Mayo de 2016, 171 -E del 19 de Julio de 2016 (RESOL-2016-171 -E -APN-MM) y 355-E del 14 de Septiembre de 2016 (RESOL-2016-355-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACI�N, la Resoluci�n N� 7 del 10 de Enero de 2017 (RESOL-2017-7-APN-SECMA#MM) de la SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACI�N, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N� 25.506 de Firma Digital reconoci� la eficacia jur�dica del documento electr�nico, la firma electr�nica y la firma digital, y en su art�culo 48 estableci� que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el art�culo 8� de la Ley N� 24.156, promover� el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el tr�mite de los expedientes por v�as simult�neas, b�squedas autom�ticas de la informaci�n y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelizaci�n.

Que el Decreto N� 434 del 1� de Marzo de 2016 aprob� el Plan de Modernizaci�n del Estado con el objetivo de alcanzar una Administraci�n P�blica al servicio del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestaci�n de servicios.

Que el mencionado Plan de Modernizaci�n del Estado contempl� el Plan de Tecnolog�a y Gobierno Digital como uno de sus cinco ejes, y como instrumento la Gesti�n documental y expediente electr�nico, cuyo objetivo es implementar una plataforma horizontal inform�tica de generaci�n de documentos y expedientes electr�nicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administraci�n a los fines de facilitar la gesti�n documental, el acceso y la perdurabilidad de la informaci�n, la reducci�n de los plazos de las tramitaciones y el seguimiento p�blico de cada expediente.

Que el Decreto N� 561 del 6 de Abril de 2016 aprob� la implementaci�n del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica – GDE, como sistema integrado de caratulaci�n, numeraci�n, seguimiento y registraci�n de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector P�blico Nacional.

Que el citado Decreto N� 561 del 6 de Abril de 2016 facult� a la SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACI�N a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la implementaci�n del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica – GDE y el funcionamiento de los sistemas inform�ticos de gesti�n documental.

Que las Resoluciones Nros. 65 del 21 de abril de 2016, 101 del 26 de Mayo de 2016, 171 -E del 19 de Julio de 2016 (RESOL-2016-171 -E -APN-MM) y 355 -E del 14 de Septiembre de 2016 (RESOL-2016-355-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACI�N, establecieron los cronogramas de implementaci�n del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica – GDE en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en el MINISTERIO DE PRODUCCI�N, en el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en el MINISTERIO DE DEFENSA y en el MINISTERIO DE TURISMO, respectivamente.

Que el Decreto N� 1306 del 26 de diciembre de 2016 aprob� la implementaci�n del m�dulo “Registro Legajo Multiprop�sito” (RLM) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica (GDE) como �nico medio de administraci�n de los registros de las entidades y jurisdicciones enumeradas en el art�culo 8 de la Ley N� 24.156 que componen el Sector P�blico Nacional.

Que la Resoluci�n N� 7 del 10 de enero de 2017 de la SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA estableci� las modalidades de uso del m�dulo Registro Legajo Multiprop�sito (RLM) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica – GDE.

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los tr�mites que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el MINISTERIO DE PRODUCCI�N, el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y el MINISTERIO DE DEFENSA implementan a trav�s de los m�dulos “EXPEDIENTE ELECTR�NICO” (EE) y “REGISTRO LEGAJO MULTIPROP�SITO” (RLM) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica – GDE.

Que la SUBSECRETAR�A DE GESTI�N ADMINISTRATIVA de la SECRETAR�A DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA se ha expedido en el �mbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art�culo 6� del Decreto N� 561 del 6 de Abril de 2016.

Por ello,

EL SECRETARIO DE MODERNIZACI�N ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACI�N

RESUELVE:

ART�CULO 1�.- Establ�cese que a partir del 22 de noviembre de 2017 los siguientes procedimientos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS – INASE, dependiente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, deber�n registrarse a trav�s del m�dulo “Registro Legajo Multiprop�sito” (RLM) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica - GDE:

a) Registro Unificado de Cultivares y de Propiedad de Cultivares

b) Registro Nacional de Cultivares

c) Registro Nacional de Propiedad de Cultivares

ART�CULO 2�.- Establ�cese que a partir del 22 de noviembre de 2017 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA deber�n registrarse a trav�s del m�dulo “Registro Legajo Multiprop�sito” (RLM) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica - GDE:

a) Registro Nacional de Operadores con Organismos Vegetales Gen�ticamente Modificados

b) Registro Nacional de Agricultura Familiar – RENAF

ART�CULO 3�.- Establ�cese que a partir del 22 de noviembre de 2017 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE TURISMO deber�n registrarse a trav�s del m�dulo “Registro Legajo Multiprop�sito” (RLM) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica - GDE:

a) Registro de Prestadores y Establecimientos Vacacionales de Sistemas Tur�sticos de Tiempo Compartido

b) Registro de Redes de Intercambio

ART�CULO 4�.- Establ�cese que a partir del 22 de noviembre de 2017 los siguientes procedimientos de la INSPECCI�N GENERAL DE JUSTICIA, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, deber�n registrarse a trav�s del m�dulo “Registro Legajo Multiprop�sito” (RLM) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica - GDE:

a) Sociedades por Acciones Simplificadas

b) Registro de R�brica de Libros – SRL

c) Registro de Libros Digitales

ART�CULO 5�.- Establ�cese que a partir del 4 de diciembre de 2017 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE DEFENSA deber�n registrarse a trav�s del m�dulo “Registro Legajo Multiprop�sito” (RLM) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica - GDE:

a) Registro Legajo de Clientes

b) Registro de Actas de Directorio

ART�CULO 6�.- Establ�cese que a partir del 29 de noviembre de 2017 los siguientes procedimientos del MINISTERIO DE PRODUCCI�N deber�n registrarse a trav�s del m�dulo “Registro Legajo Multiprop�sito” (RLM) del sistema de Gesti�n Documental Electr�nica - GDE:

a) Registro Industrial de la Naci�n

b) Registro de Importaciones del Sector Editorial – RISE

c) Registro de Instituciones de Capital Emprendedor

d) Registro de Instituciones de Capital Emprendedor – Inversores

e) Registro de Instituciones de Capital Emprendedor – Inversores directos

f) Registro Nacional de Parques Industriales

ART�CULO 7�.- Comun�quese a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACI�N – SIGEN.

ART�CULO 8�.- Comun�quese, publ�quese, d�se a la Direcci�n Nacional del Registro Oficial y arch�vese. — Eduardo Nicol�s Martelli.

e. 17/11/2017 N� 89242/17 v. 17/11/2017
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